Fundación La Plaza es una organización de beneficencia sin fines de lucro constituida legalmente en Santiago de Chile. Nacemos con el propósito firme de promover el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y libertades fundamentales de las personas mayores, resguardando su dignidad inherente y su bienestar integral.
Concentramos nuestros esfuerzos en el desarrollo de programas y proyectos orientados a mejorar la calidad de vida, salud física y mental, autonomía y dignidad de personas adultas mayores de 60 años, con especial énfasis en aquellas poblaciones que enfrentan situaciones de vulnerabilidad social y económica. Asimismo, extendemos nuestro apoyo a sus familias y cuidadores a través de capacitación y acompañamiento emocional.
DÓNDE VIVEN LOS ADULTOS MAYORES DE 60 AÑOS?
La distribución de las personas mayores de 60 años en Santiago muestra una tendencia clara de envejecimiento concentrada principalmente en el sector nororiente y en ciertas comunas tradicionales del anillo central.
Foto: Philippe Leone
Según los datos más recientes del Censo 2024 y estudios de caracterización territorial, así se distribuyen:
Comunas con mayor índice de envejecimiento
En estas zonas, la proporción de adultos mayores frente a la población infantil es la más alta de la ciudad. El índice de envejecimiento mide cuántas personas de 65 años o más existen por cada 100 menores de 15 años:
Providencia: 134,9 (la comuna con el índice más alto del Gran Santiago).
Las Condes: 128,3.
Ñuñoa: 114,9.
Vitacura: Es la comuna con mayor porcentaje de composición total de personas mayores (alrededor del 17-18%).
Otras comunas destacadas: Pedro Aguirre Cerda (113,8), Macul (110,8) y La Reina (109,8).
A continuación se presentan algunos de los artículos del borrador de noviembre 2024 elaborado por organizaciones de la sociedad civil, que sirve como base para las negociaciones del Grupo de Trabajo Intergubernamental de la ONU. Este texto, aunque no oficial, refleja el alcance comprehensivo que tendrá el instrumento jurídico final.
Artículo 6 – Reconocimiento de la personalidad jurídica: Garantiza que las personas mayores tienen personalidad jurídica en todas partes y reconocimiento como personas ante la ley.
Artículo 7 – Igualdad ante la ley: Asegura la igualdad de protección y beneficio de la ley sin discriminación por edad.
Artículo 8 – Acceso a la justicia: Garantiza acceso efectivo a la justicia, incluyendo asistencia jurídica gratuita, adaptaciones procesales y medidas para evitar revictimización.
Artículo 9 – Libertad de expresión y acceso a la información: Protege el derecho a buscar, recibir e impartir información a través de cualquier medio, con adaptaciones para asegurar accesibilidad.